La Dirección General de Tráfico (DGT) pretende que los conductores reduzcan la velocidad cuando adelanten a ciclistas al menos 20 km/h por debajo del límite establecido en el tramo de carretera en el que hagan la maniobra.

Esa medida forma parte de una reforma del Reglamento General de Circulación que afecta sobre todo a los usuarios vulnerables de las vías (peatones, ciclistas, conductores de vehículos de movilidad personal, ciclomotoristas y ciclistas). La DGT lleva trabajando en ella desde hace más de tres años.

El borrador de real decreto de modificación de ese Reglamento, se encuentra en fase de audiencia e información pública para que las entidades o personas interesadas hagan aportaciones hasta el próximo 26 de julio. Después, el texto irá a los distintos ministerios del Gobierno y se enviará a los órganos consultivos, antes de que sea aprobado en el Consejo de Ministros.

Una de las novedades es que los conductores vayan, como máximo, a 20 km/h por debajo del límite de velocidad en la carretera cuando se dispongan a adelantar a algún ciclista, que se añade a la obligación actual de que dejen una separación lateral mínima de 1,5 metros.

Cuando la carretera tenga más de un carril por sentido, será obligatorio el cambio completo de carril. «La diferencia de velocidad entre ambos ya es grande, por lo que la protección al más débil obliga reducir la velocidad y no a aumentarla», justifica la DGT en el borrador de real decreto.

Por otro lado, los ciclistas irán siempre con casco de protección cuando circulen en carretera salvo por «razones médicas graves». Actualmente, su uso es obligatorio excepto en rampas ascendentes prolongadas, motivos médicos o condiciones extremas de calor.

Los ciclistas tendrán que llevar «al menos» un elemento luminoso o retrorreflectante en momentos de escasa visibilidad o por la noche para que puedan ser vistos a «una distancia mínima de 150 metros».


Ciclista en una carretera.

Motoristas

Respecto a los motoristas, la DGT permitirá que circulen por el arcén cuando haya retenciones y obligará a sus conductores y pasajeros a llevar guantes de protección y casco integral o modular en carretera, así como «calzado cerrado» en todo tipo de vías.

Además, los cascos de quienes viajen en ciclomotor deben estar obligatoriamente homologados y no solamente certificados, y sus conductores y pasajeros también deben llevar guantes de protección y «calzado cerrado».

Otra novedad se refiere a que los autobuses tendrán limitada la velocidad máxima en carretera a 80 km/h cuando viajen pasajeros de pie o si esos vehículos carecen de cinturones de seguridad.

En cuanto a las autovías y las autopistas, los vehículos deberán ir por el carril derecho para dejar libre el izquierdo a los de emergencia y quitanieves cuando se produzcan nevadas, además de orillarse para dejar un «carril de emergencia» a vehículos de policía y de servicios de emergencia cuando haya retenciones importantes.

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